Pinamar confeccionó un listado de actividades teniendo en cuenta que, por su característica natural de comunidad turística y escasa densidad poblacional, era necesario establecer algunas que permitan mitigar el impacto económico de la pandemia generada por el COVID-19…
Recordando que para el desarrollo de las actividades y servicios autorizados debe tenerse presente además lo dispuesto en la Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires mediante la cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19.
Las actividades permitidas se separan en dos anexos, cada uno con sus respectivos protocolos de seguridad e higiene. Para la Pesca Artesanal, únicamente de costa, se dispuso que solo será de costa en el horario de 07 a 17hs. en las zonas permitidas:
- Valeria del Mar: Espacio de costa comprendido entre Av. Espora y puesto de Bajada Náutica (Corbeta Halcón)
- Pinamar: Espacio de costa comprendido entre Av. Bunge y balneario La Rambla
PROTOCOLO DE INSTRUCCIONES SANITARIAS Y SEGURIDAD “NUEVAS ACTIVIDADES HOMOLOGADAS RESOLUCIÓN 134/20 – ANEXO II
- Si el traslado a la costa se realiza en automóvil todos los ocupantes deberán usar tapabocas.
- Dirigirse desde el hogar al lugar de pesca sin escalas durante la ida y la vuelta.
- Llevar su propia indumentaria y utensilios.
- No podrán realizar la actividad de pesca aquellas personas que se encuentren dentro de los grupos de riesgo.
- Desinfectar todos los elementos utilizados con una solución de 10 ml (2 cucharadas soperas) de lavandina en 1 litro de agua y/o utilizar solución alcohólica al 70%. En caso de manipular material reutilizable deberá realizar el correcto lavado cada vez que se utilice.
- Lavado de manos con anterioridad y de manera posterior a realizar la actividad con un desinfectante de manos a base de alcohol o con agua y jabón.
- Al toser o estornudar, cúbrase la boca y la nariz con el codo flexionado o con un pañuelo; alcohol, o con agua y jabón.
- Resulta obligatorio el uso de tapabocas (cubre boca, nariz y mentón).
- Mantener al menos 1,5 metros de distancia entre personas.
- Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
SANCIONES
La fiscalización del presente protocolo será llevada a cabo por la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Fiscalización.
En caso de no cumplirse con el protocolo o cualquier otra normativa se procederá a las sanciones establecidas en el código de faltas, Ordenanza Nº 1307/03 y Decreto Provincial Nº 8751/77 (intimación, multa, clausura y decomiso) más las medidas cautelares que determina el DNU 297/20, previendo la legislación provincial y municipal. Las sanciones serán de hasta 100 salarios mínimos del personal municipal de la comuna que reprime la infracción ($ 3.393.000).
Fuente: PinamarGob