04/05/20 Pinamar habilita la pesca artesanal

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Pinamar confeccionó un listado de actividades teniendo en cuenta que, por su característica natural de comunidad turística y escasa densidad poblacional, era necesario establecer algunas que permitan mitigar el impacto económico de la pandemia generada por el COVID-19…

Recordando que para el desarrollo de las actividades y servicios autorizados debe tenerse presente además lo dispuesto en la Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires mediante la cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19.

Las actividades permitidas se separan en dos anexos, cada uno con sus respectivos protocolos de seguridad e higiene. Para la Pesca Artesanal, únicamente de costa, se dispuso que solo será de costa en el horario de 07 a 17hs. en las zonas permitidas:

  • Valeria del Mar: Espacio de costa comprendido entre Av. Espora y puesto de Bajada Náutica (Corbeta Halcón)
  • Pinamar: Espacio de costa comprendido entre Av. Bunge y balneario La Rambla

PROTOCOLO DE INSTRUCCIONES SANITARIAS Y SEGURIDAD “NUEVAS ACTIVIDADES HOMOLOGADAS RESOLUCIÓN 134/20 – ANEXO II

  1. Si el traslado a la costa se realiza en automóvil todos los ocupantes deberán usar tapabocas.
  2. Dirigirse desde el hogar al lugar de pesca sin escalas durante la ida y la vuelta.
  3. Llevar su propia indumentaria y utensilios.
  4. No podrán realizar la actividad de pesca aquellas personas que se encuentren dentro de los grupos de riesgo.
  5. Desinfectar todos los elementos utilizados con una solución de 10 ml (2 cucharadas soperas) de lavandina en 1 litro de agua y/o utilizar solución alcohólica al 70%. En caso de manipular material reutilizable deberá realizar el correcto lavado cada vez que se utilice.
  6. Lavado de manos con anterioridad y de manera posterior a realizar la actividad con un desinfectante de manos a base de alcohol o con agua y jabón.
  7. Al toser o estornudar, cúbrase la boca y la nariz con el codo flexionado o con un pañuelo; alcohol, o con agua y jabón.
  8. Resulta obligatorio el uso de tapabocas (cubre boca, nariz y mentón).
  9. Mantener al menos 1,5 metros de distancia entre personas.
  10. Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.

SANCIONES

La fiscalización del presente protocolo será llevada a cabo por la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Fiscalización.

En caso de no cumplirse con el protocolo o cualquier otra normativa se procederá a las sanciones establecidas en el código de faltas, Ordenanza Nº 1307/03 y Decreto Provincial Nº 8751/77 (intimación, multa, clausura y decomiso) más las medidas cautelares que determina el DNU 297/20, previendo la legislación provincial y municipal. Las sanciones serán de hasta 100 salarios mínimos del personal municipal de la comuna que reprime la infracción ($ 3.393.000).

Fuente: PinamarGob

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Senti La Pesca

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