Santa Fe: Reglamento Pesca Deportiva

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RESOLUCIÓN Nº 0201 | El artículo 5° de la Ley N° 12.212  faculta a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a establecer normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.

El texto reglamentario de dicha ley, aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 2.410/04 en su artículo 5°, establece que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, emitirá las disposiciones operativas necesarias para la ejecución de la ley y su decreto reglamentario.

ARTICULO 1º

A los fines de la pesca deportiva, deberán devolverse con vida a su ambiente natural los ejemplares cuyas longitudes fueran inferiores a las establecidas en el artículo 10° de la Ley N° 12.212. Tomándose como medida la denominada longitud total que se considera desde el extremo anterior (boca u hocico), hasta el extremo final de la aleta caudal (cola), determinado por el artículo 11° de la Ley N° 12.212 que a continuación se detallan.

ARTICULO 2º

Fijar los siguientes cupos máximos de piezas, a retener y/o transportar por cada pescador deportivo con licencia habilitante.

Longitud mínima (en centímetros) y cantidad de piezas a extraer permitidas
  • Armado gallego o común (Pterodoras granulosus) > 40 cm | 3
  • Armado chancho (Oxydoras kneri) > 45 cm | 3
  • Bagre amarillo (Pimelodus clarias) > 30 cm | 7
  • Moncholo (Pimelodus albicans) > 35 cm | 5
  • Boga (Leporinus obtusidens) > 42 cm | 2
  • Dorado (Salminus maxillosus) > 65 cm | 1
  • Manguruyú (Paulicea lütkeni) > Prohibición Permanente
  • Mandube (Ageneiosus brevifilis) > 35 cm  | 3
  • Mandube (Ageneiosus valenciennensi) > 35 cm | 3
  • Mandube cucharón (Sorubim lima) > 40 cm | 3
  • Pacú (Piaractus mesopotamicus) > Prohibición Permanente
  • Patí (Luciopimelodus patí) > 45 cm | 1
  • Pejerrey (Odonthestes bonariensis) > 20 cm | 10
  • Salmón (Brycon orbignyanus) > 45 cm | 3
  • Anchoa de río (Lycengraulis olidus) > 15 cm | 10
  • Surubí atigrado (Pseudoplastytoma fasciatum) > 78 cm | 1
  • Surubí pintado (Pseudoplastytoma coruscans) > 85 cm | 1
  • Tararira (Hoplias malabaricus) > 45 cm | 2

Cuando se traten de especies variadas cada pescador deportivo, con licencia habilitante, podrá retener hasta un máximo de diez (10) ejemplares, respetando el número máximo por especie.

ARTICULO 3º

Prohibir para la pesca deportiva la captura, tenencia y circulación de la especie Sábalo (Prochilodus lineatus).-

ARTICULO 4º

En cumplimiento del artículo 27° del texto reglamentario aprobado por el artículo 1º del Decreto 2.410/04, los menores de 18 años podrán ejercer la pesca deportiva sin necesidad de la Licencia correspondiente. En todo momento deberán estar acompañados por un mayor de edad que posea la licencia respectiva, quien será responsable administrativamente de las posibles infracciones cometidas por el menor.

La licencia de pesca deportiva será gratuita para mujeres y jubilados cuando tengan domicilio real o sean residentes en la provincia de Santa Fe.

ARTICULO 5º

Solo podrán organizar concursos de pesca deportiva los clubes reconocidos por la Secretaría de Estado de   Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable o los organismos e instituciones públicas/privadas previa solicitud por nota ante la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Además deberán contar con el aval de la Federación Santafesina de Pesca Deportiva.- 

ARTICULO 6º

Para cumplimentar el requisito establecido en el artículo anterior, se deberá comunicar con treinta  (30)  días de antelación al evento. Las bases del concurso, para la aprobación por parte de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, se considerarán aprobadas si no se notifica ninguna objeción en el término de los diez (10) días subsiguientes a la comunicación.

ARTICULO 7º

Establecer para todo concurso de pesca deportiva la obligatoriedad de la devolución al medio de las piezas capturadas. En aquellos casos que la característica del concurso requiera lo contrario, deberá solicitarse ante esta Secretaría de Estado la autorización correspondiente con una antelación no menor a cuarenta y cinco (45) días.

ARTICULO 8º

En todo certamen realizado, dentro del territorio de la provincia de Santa Fe, el organismo patrocinante deberá tomar los recaudos necesarios a efectos de dar cumplimiento con lo establecido para los eventos de pesca deportiva.

ARTICULO 9º

Solo podrán tomar parte de los concursos a realizarse dentro de la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, aquellos participantes que cuenten con la licencia de pesca deportiva o licencia de pesca federativa de clubes, emitidas por la autoridad de aplicación de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 10º

La presente Resolución deberá ser aplicada en todo el ámbito de la provincia de Santa Fe.

ARTICULO11º

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

VEDA PESQUERA DE SURUBÍ

El gobierno de la provincia de Santa Fe recuerda que desde el 1 de Noviembre y hasta el 31 de Diciembre del mismo año rige el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).

 

La veda se establece a partir de la Resolución Nº 168/2005 de la secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212 que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca. Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.

VEDA DEL DORADO

Por una pesca responsable, el DORADO está declarado pez turístico provincial. Sólo está permitida la pesca deportiva con DEVOLUCIÓN OBLIGATORIA. La especie se encuentra en Veda permanente según la LEY 12722.

Fuente: SantaFeGov

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40 comentarios

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    ME PARECE PERFECTO QUE SE TENGA QUE TENER LICENCIA DE PESCA, PERO NO ESTOY DE ACUERDO QUE SEA ÚNICAMENTE A PERSONAS QUE SEAN DE SANTA FE. QUIERO SABER COMO SE HACE PARA PODER TRAMITAR LA LICENCIA Y PODER IR A PESCAR TRANQUILO.

    SALUDOS.

    TOMAS, DE VILLA MARÍA, CÓRDOBA.

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      Hola Tomas, la licencia de cada provincia – sacando la de Buenos Aires y Cordoba que se tramitan Online – se hace personalmente. Consulte en la Oficina de Caza y Pesca Santa Fe (de la Secretaria del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción) ubicada en la Granja la esmeralda de Avda. Aristóbulo del Valle 8700 Teléfonos: 342-4579202/4 de Lunes a Viernes de 7 a 13 hs.- o en la Secretaria del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción Bv. Pellegrini 3100 (S3000ADT) Tel: 54 342 4505310 / 19 / 68 – Int. 4230 / 4161 o el mail

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      Para jubilados y mujeres domiciliados dentro de santa fe es gratis.. para personas de otras provincias tiene costo… no quiere decir que usted siendo de otra provincia no pueda sacar el correspondiente permiso.. lo que yo veo que esta mal es que hay pocoas engidades donde los emitan.. aca en el norte de santa fe no hay

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      Hola, en Rosario por la costanera a la altura del balneario están los puestos de pescadores y dan vergüenza, los doraditos no pasan el kilo y medio, surubicitos etc. Y nadie dice nada. Pescan con mallas de 4 dedos. Dan asco. El gobierno no hace nada.

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    ME PARECE PERFECTO QUE SE TENGA QUE TENER LICENCIA DE PESCA, PERO NO ESTOY DE ACUERDO QUE SEA ÚNICAMENTE A PERSONAS QUE SEAN DE SANTA FE. QUIERO SABER COMO SE HACE PARA PODER TRAMITAR LA LICENCIA Y PODER IR A PESCAR TRANQUILO.

    SALUDOS.

    TOMAS, DE VILLA MARÍA, CÓRDOBA.

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      Hola Tomas, la licencia de cada provincia – sacando la de Buenos Aires y Cordoba que se tramitan Online – se hace personalmente. Consulte en la Oficina de Caza y Pesca Santa Fe (de la Secretaria del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción) ubicada en la Granja la esmeralda de Avda. Aristóbulo del Valle 8700 Teléfonos: 342-4579202/4 de Lunes a Viernes de 7 a 13 hs.- o en la Secretaria del Sistema Hídrico, Forestal y Minero del Ministerio de la Producción Bv. Pellegrini 3100 (S3000ADT) Tel: 54 342 4505310 / 19 / 68 – Int. 4230 / 4161 o el mail

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      Para jubilados y mujeres domiciliados dentro de santa fe es gratis.. para personas de otras provincias tiene costo… no quiere decir que usted siendo de otra provincia no pueda sacar el correspondiente permiso.. lo que yo veo que esta mal es que hay pocoas engidades donde los emitan.. aca en el norte de santa fe no hay

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    Hola, me podrian asesorar en cuanto a la prohibición o no en la provincia de Santa Fe, sobre la utilización de un trasmallo de unos 5 mts de largo por 1 mts de alto con trama para pejerrey que se usa para la obtención de carnada ?? tales como mojarras ??. Mas precisamente quiero saber si esta permitido o no llevarlo en una embarcación deportiva. Gracias !!

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      Pablo la pesca con trasmallo no esta considerada como deportiva, por lo que no sabriamos informarlo. Comuniquese con los del Gobierno de Santa Fe si quisiera https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/guia/contactenos

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    Hola, me podrian asesorar en cuanto a la prohibición o no en la provincia de Santa Fe, sobre la utilización de un trasmallo de unos 5 mts de largo por 1 mts de alto con trama para pejerrey que se usa para la obtención de carnada ?? tales como mojarras ??. Mas precisamente quiero saber si esta permitido o no llevarlo en una embarcación deportiva. Gracias !!

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      Pablo la pesca con trasmallo no esta considerada como deportiva, por lo que no sabriamos informarlo. Comuniquese con los del Gobierno de Santa Fe si quisiera https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/guia/contactenos

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    Tomas, podes ser de cualquier lado. La ley dice que ” La licencia de pesca deportiva será gratuita para mujeres y jubilados, cuando tengan domicilio real o sean residentes en la provincia de Santa Fe”
    Es gratis para jubilados de SANTA FE, cualquiera la puede sacar.

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    Tomas, podes ser de cualquier lado. La ley dice que ” La licencia de pesca deportiva será gratuita para mujeres y jubilados, cuando tengan domicilio real o sean residentes en la provincia de Santa Fe”
    Es gratis para jubilados de SANTA FE, cualquiera la puede sacar.

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    Vivo en San Juan, soy jubilado, por lo que el costo combustible, cabaña, alimentación, etc. es alto y queda ganancia a la provincia de Santa Fe. Me parece injusto de no tener el beneficio del permiso de pesca como un elogio por las prestaciones dadas a este bendito país al cual amo de profunda manera.-

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    Vivo en San Juan, soy jubilado, por lo que el costo combustible, cabaña, alimentación, etc. es alto y queda ganancia a la provincia de Santa Fe. Me parece injusto de no tener el beneficio del permiso de pesca como un elogio por las prestaciones dadas a este bendito país al cual amo de profunda manera.-

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    hola soy de córdoba y quisiera saber si puedo sacar el carnet de pesca de santa fe se puede hacer atraves de alguna pagina o hay que hacerlo personal mente .muchas gracia

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    hola soy de córdoba y quisiera saber si puedo sacar el carnet de pesca de santa fe se puede hacer atraves de alguna pagina o hay que hacerlo personal mente .muchas gracia

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    Hola!! Me parece perfecto que se empiece a cuidar un poco el río. Lo que veo es q ningún medio de comunicación informa todas estas cosas y otra cosa que veo es que no se controla casi nada .. por lo menos todo el cordón industrial, gente que no pesca embarcada y que saca ejemplares muy chicos y cantidades sin límites.. Yo creo q es por la falta de educación y conciencia sobre estos temas . En las escuelas no se enseñan estas cosas y estamos al lado de unos de los ríos más importante del mundo, Saludos.

    • Senti La Pesca

      Obviamente todo parte desde la educación y hoy en día la pesca como deporte esta creciendo un montón, por eso intentamos siempre informar al pescador y educarlo en cuanto a las reglamentaciones como el cuidado del recurso en si; sino el día de mañana no tendremos un futuro. También debemos educar con el ejemplo, y es lo que intentamos desde nuestro humilde lugar. Gracias por sus palabras Franco, esperemos que este pequeño espacio sirva para que haya mas pescadores deportivos que fomenten la devolución y el cuidado del ambiente como el recurso. Abrazo !

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    Hola, buenas tardes, Soy Daiana, de la provincia de la Pampa.
    Me gustaria que me brinden datos actualizados de como puedo realizar el tramite de licencia de pesca, si se puede de hacer de manera online, o debo ir alguna sede y cual es su costo.
    Muchas gracias.

    • Senti La Pesca

      Buenas Daiana, si quiere realizar la pesca en la misma prov de La Pampa le recomendamos se comunique con el Área Caza y Pesca – Dirección de Recursos Naturales (Sarmiento 161 – Santa Rosa – La Pampa)

      Horario de Atención 8 a 12:30 hs.
      Tel.: (02954) 452734 – 452777
      Cel.: (02954) 15 29 2778

      General Acha: Calle Avellaneda Nº 546 / Teléfono (02954) 15623859
      General Pico: Calle 13 esquina 22 / Teléfono: (02302) 427319
      Correos electronicas: /

    • Senti La Pesca

      El trámite podrá realizarse en Granja la Esmeralda (Aristóbulo del Valle 8700, Santa Fe), en la Delegación del Ministerio de la Producción sede Rosario (Mitre 930, Rosario) y en las comunas y municipios adheridos al expendio.

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        jorge boiero en

        hola ..los pumas me pidieron carnet de pesca x q estaba pescando anguilas ….debo sacar carnet pregunto soy de cordoba

        • Senti La Pesca

          Jorge, para realizar la actividad de pesca deportiva debe sacar la licencia/carnet de la provincia a donde vaya a realizarla. Si Usted es de Cordoba pero va a pescar a Santa Fe debe obtener la de dicha provincia, si va a Entre Rios la de esa y asi sucesivamente. Saludos

  13. Avatar

    donde puedo sacar el permiso de pesca para pejerrey en las lagunas (picassa ,villa cañas u otras ( soy de rio cuarto y no quisiera ir hasta la ciudad de santa fe para sacarlo por la incomodidad de tal viaje

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