Formosa: Licencia y Reglamento de Pesca Deportiva

0

Los ríos Paraguay, Bermejo y Pilcomayo son fuente de una abundante y variada fauna ictícola…

Esta característica, califica a Formosa como uno de los centros más importantes para la práctica de la pesca deportiva. Año tras año, pescadores de toda Sudamérica, remontan sus caudalosos ríos para desafiar al intrépido Dorado o al sigiloso Surubí, destacados por sus considerables dimensiones.

Otras especies altamente codiciadas son el Pacú y la delicada Corvina Rubia. Ambos especímenes se caracterizan por la exquisitez y suavidad de su carne. La numerosa fauna ictícola y la infraestructura planteada para el desarrollo de la pesca deportiva, hacen de Formosa un sitio ideal para los amantes de dicha actividad.

Requisitos para obtener la Licencia de Pesca:

  • Fotocopia de D.N.I.
  • 2 fotos tipo carné 3×3.
  • Constancia de domicilio (residencia mínima 2 años).
  • Constancia de depósito bancario.
  • Deberá depositar previamente el importe correspondiente a la licencia de pesca en la cuenta del Banco de Formosa N° 600079/00.

Lugares habilitados para tramitar la licencia:

  • Formosa: Av González Lelong N° 775.
  • El Colorado: Bs. As. y San Juan.
  • Ing. G. Juárez: Centro Cívico.
  • Clorinda: Municipalidad de la Ciudad de Clorinda.
  • Pirané: Güemes y Ruta N°3.

Recuerde que no podrá cobrar más de hasta 20 piezas por jornada de pesca, ni capturar un cupo mayor de lo establecido para cada especie. Devuelva al ambiente los peces cuyas medidas tomadas desde la punta de la cabeza a la aleta caudal sean inferiores a las establecidas. (Disposición 537/00).

Zonas prohibidas para el ejercicio de la pesca

Reservas Provinciales de Pesca
  • Arroyo Ramírez: en la desembocadura de éste al río Paraguay, a la altura del Km. 126. Decreto N°141/67.
  • Laguna Herradura: en la desembocadura de ésta al río Paraguay, a la altura del Km. 150. Decreto N°141/67.
  • Puerto Dalmacia: a la altura del Km. 274, todos, a contar del Km. 0, en la confluencia de los ríos Paraguay y Paraná.

Las reservas comprenden desde el 2 1/2 kilómetros antes, hasta 2 1/2 kilómetros más allá de los lugares mencionados.

  • Boca del Río Bermejo: la reserva comprenderá una extensión de 5km. desde el extremo norte de la Isla Yuquerí, hasta la desembocadura del Río Bermejo y por éste, hasta el Km. 3, N.R.B. aguas arriba.

Infracciones – Ley N° 1314

  • Pescar sin licencia o con licencia vencida.
  • Pescar en zonas prohibidas.
  • Pescar con elementos prohibidos.
  • Pescar un número mayor de piezas o extraer peces fuera de medida.
  • Arrojar, colocar, hacer o dejar llegar a las aguas de uso público o particulares que comuniquen con ella en forma permanente o transitoria, sustancias cuya naturaleza o efectos resulten nocivas para la biología acuática.
  • Apalear las aguas o atajar con cualquier dispositivo o construcción el paso de los peces en ríos, arroyos, o lagunas en la época normal o durante crecidas.

No podrá utilizar redes, trasmallos, espineles, tarros, barriletes, robadores o patejas, permitiéndosele pescar con líneas de mano o caña con reel con hasta dos anzuelos.

Nuestros ríos, riachos y lagunas son ricos en diversidad. ¡Ayúdenos a conservar el patrimonio de todos los formoseños! No deje de consultar en la oficina de Registro, Control y Fiscalización de Lunes a Viernes de 7 a 13hs. Teléfono: +54 370-4436322 | Dirección: Av. Gonzalez Lelong N°775

Fuente: FormosaGob

Reglamento Pesca Deportiva

Sobre el Autor

Senti La Pesca

El Portal Que Trae Pique | Toda la info que el pescador necesita para armar su salida de pesca: Notas, Noticias, Relevamiento, El Pique de la Semana, Comercios, etc. Contacto: [email protected].

Dejar un comentario