Llegado al mes de Septiembre comienza un nuevo periodo de Veda en la querida laguna de Melincue ubicada al sur de la provincia de Santa Fe..
Hoy en día es un pesquero muy frecuentado por los pescadores deportivos debido al Pejerrey de gran porte que habita, conocido en el ambiente como los famosos Matungos. La jornada de pesca depende del estado del tiempo, la temperatura del agua y otros factores. Se obtienen buenos piques exigiendo al pescador equipo de pesca adecuado, conocimiento, amplia experiencia y habilidad en su desempeño.
Si bien este año la pesca ha sido bastante irregular debido al clima inestable que se estuvo dando, se han extraído portes de pejerreyes realmente grandes, algunos llegaron hasta los 2 kg. Tal es el caso de Luciano de “El Bigua” quien buscó este ejemplar durante toda la temporada y una semana antes de que comience la veda lo consiguió.
VEDA TOTAL EN MELINCUE | A partir del 4 de Septiembre comienza la veda pesquera hasta el 28 de Febrero del 2018 para la pesca embarcada. A partir del 1 de Diciembre se podrá, recién, pescar de costa. Las embarcaciones sólo podrán ingresar para hacer actividades recreativas como windsurf o kitesurf. Por ello recién el 1 de Marzo del 2018 comenzará la próxima temporada embarcada para ir en busca de los grandes matungos que habitan en la laguna de Melincué.
Visto las Ordenanzas 641/2013, 691/2014, 695/2014, 728/2014 y 804/16, relacionadas con la regulación de la pesca en la laguna Melincué y la necesidad de adecuar el marco regulatorio de dicha actividad, se considera en el ARTICULO PRIMERO: Autorizar la pesca de particulares de Laguna de Melincué, debiendo quien la ejercite, cumplimentar con la totalidad de las exigencias previstas por las ordenanzas nros. 641/2013, 691/2014, 695/2014, 728/2014 y 804/2016 y la presente 833/17. La pesca con embarcaciones de más de 3.5 m de largo y con motores mayores a los 5 hp, solo se autoriza desde las 7 am a las 17 pm los días Jueves, Viernes, Sábados, Domingos y feriados. Con embarcaciones menores al largo antes mencionado y motores inferiores a 5 hp los mismo días y horarios. Desde la costa la pesca se podrá realizar todos los días en cualquier horario. En ambos supuestos deberá ajustar el ejercicio de la actividad al período fijado en el artículo primero de la ordenanza 728/2014.
El ARTICULO SEGUNDO modifica el articulo Primero de la Ordenanza Nº 695/2014, el cual quedará redactado de la siguiente manera: INGRESO CON EMBARCACIONES: Se autoriza el ingreso con embarcaciones de más de 3,5 m de largo con motor mayor de 5 hp bajo exclusiva responsabilidad del dueño y/o guardian de la misma únicamente los días señalados en el artículo primero de la presente ordenanza. En forma previa al ingreso de dichas embarcaciones se deberá suscribir un formulario denominado ROL DE NAVEGACIÓN el cual será entregado por el grupo de control de pesca debidamente facultado por las ordenanzas 601/2012 y 2613/2013 y/o Subcomisión de Pesca del Club Náutico Melincué y/o responsables de las bajadas habilitadas. Habilitar y autorizar como únicos lugares de ingreso de embarcaciones antes mencionadas las bajadas de lanchas existentes en las instalaciones del Club Náutico de Melincué y Camping La Fábrica, previo abonar el canon correspondiente a quienes prestan el servicio de bajada, por el cual se fija los siguiente importes: a) Embarcaciones particulares $300.- b) Embarcaciones con fines lucrativos y/o comerciales $500.-
Fuente: Ordenanza 833/17





